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Autor: Txema Rosell Tous

Inmatriculaciones: ¡Sin títulos de propiedad ni garantía alguna! (vídeo)

La Iglesia Católica ha inscrito bienes en el Registro de la Propiedad SIN APORTAR TÍTULOS DE PROPIEDAD ni garantía alguna

Durante más de 70 años, la Iglesia Católica ha inscrito en el Registro de la Propiedad más de 100.000 bienes a su nombre sin presentar los títulos de propiedad correspondientes ni aportar ningún tipo de garantía.

Este hecho, amparado por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, promulgada durante la dictadura franquista, ha concedido a la Iglesia un privilegio excepcional: la capacidad de registrar inmuebles únicamente mediante una certificación emitida por el obispo, sin la necesidad de demostrar la titularidad legal sobre dichos bienes.

Mientras que cualquier ciudadano o entidad privada debe cumplir con un proceso legal riguroso para registrar una propiedad, aportando títulos de propiedad, garantías, o en su defecto, abriéndose un expediente de dominio, la Iglesia ha operado sin tener que cumplir estos requisitos. Le ha bastado con la simple firma de un obispo.

Esta falta absoluta de garantías y la ausencia de documentación que acredite la legítima propiedad de los bienes constituye una anomalía jurídica y un privilegio incompatible con los principios de justicia y equidad que deben regir en una sociedad democrática.

El hecho de que una entidad privada, como la Iglesia, haya podido inscribir bienes sin aportar títulos de propiedad ni garantía alguna representa una violación de estos principios fundamentales. Así lo ha señalado el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ha concluido que estas prácticas han vulnerado los principios de igualdad y seguridad jurídica.

La Justicia vuelve a dar la razón al Obispado en el litigio por la ‘Capilla Sixtina’ de Ayerbe

La Audiencia de Huesca le ratifica como propietario por haber logrado acreditar la posesión de la ermita de la Virgen de Casbas al menos desde 1737. La Iglesia logra por tercera vez la propiedad de una ermita de Huesca en los tribunales.

celebración en la ermita de la Virgen de Casbas, conocida como la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón.Rafael Gobantes

Rubén Darío Núñez, heraldo.es / 14/9/2024

La ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón, sobrenombre con el que se conoce al santuario de la Virgen de Casbas por las valiosas pinturas murales del siglo XVII que albergan sus muros, es propiedad del Obispado de Huesca. Así lo ha resuelto la Audiencia Provincial, confirmando de esta forma la sentencia dictada en 2021 por el Juzgado número 1 que ya estimó la demanda contra el Ayuntamiento de Ayerbe tras inscribir la ermita a su nombre en el catastro.

La Iglesia Católica: el gigante inmobiliario (vídeo)

La Iglesia Católica ha inscrito en el Registro de la Propiedad más de 100.000 bienes a su nombre

En España, la Iglesia Católica ha registrado a su nombre más de 100.000 inmuebles en el Registro de la Propiedad, consolidándose como el mayor propietario inmobiliario del país.

Esta vasta cantidad de propiedades incluye desde templos y edificios religiosos hasta fincas, viñedos, plazas, locales comerciales y viviendas. La cifra sobrepasa de manera notable las propiedades de otros grandes propietarios, como el Estado, las administraciones autonómicas y municipales, e incluso los fondos de inversión más influyentes.

Además de su impacto inmobiliario, la Iglesia también desempeña un papel central en la gestión del patrimonio cultural español. Se estima que ha registrado más del 80% del patrimonio cultural del país, lo que abarca catedrales, monasterios, obras de arte y documentos históricos de incalculable valor.

Esta concentración patrimonial otorga a la Iglesia un control casi exclusivo sobre gran parte de los bienes culturales más relevantes de España, muchos de los cuales forman parte del legado común de la ciudadanía.

Esta situación plantea interrogantes sobre el acceso y disfrute de estos bienes, ya que su gestión depende principalmente de la institución eclesiástica, con escaso control por parte de las autoridades públicas. Bienes que, por su naturaleza cultural e histórica, deberían estar accesibles a toda la sociedad, quedan bajo una administración que no siempre prioriza el interés general.

La magnitud del control inmobiliario y cultural de la Iglesia ha llevado a considerarla una especie de «gigante inmobiliario». A ello se suman serias dudas sobre la legitimidad de estas inscripciones y sobre cómo se gestionan estos bienes en términos democráticos y de transparencia.

Petición: El Patio de los Naranjos para la ciudad de Sevilla

¿ Podemos dar un nuevo impulso a esta Petición en Change.org ?

Patio de los Naranjos

El Patio de los Naranjos de la antigua Mezquita Aljama de Sevilla ha mantenido a lo largo de los siglos una relación muy enriquecedora, tanto con el edificio en el que se integra (actualmente la Catedral de Sevilla y la Giralda), como con la ciudad a la que se abre. Siempre ha tenido sus puertas abiertas a lo largo del día hasta el anochecer para pasear libremente por él. Un auténtico oasis. Hasta que la Iglesia no sólo ha privatizado su uso, sino que lo ha inscrito en el Registro de la Propiedad como suyo.

Ante este atropello de uso y jurídico, las personas abajo firmantes aspiramos que sean atendidas las siguientes demandas:

  1. Al Ayuntamiento de Sevilla: que lo califique en el PGOU como espacio público.
  2. A la Junta de Andalucía: que asuma su responsabilidad y haga cumplir la normativa patrimonial.
  3. Y al Cabildo Catedralicio: la apertura inmediata para el disfrute de la ciudadanía.

Esta es una iniciativa de:

  • PLATAFORMA EN DEFENSA DEL PATRIMONIO DE SEVILLA
  • ASOCIACION DE PROFESORES PARA LA DIFUSIÓN Y PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO “BEN BASO”
  • COORDINADORA ESTATAL “RECUPERANDO»

Enlace al manifiesto completo: https://defensapatrimoniosevilla.wordpress.com/por-la-recuperacion-del-patio-de-los-naranjos/

Granada Laica organiza paseos para recorrer “sólo una muestra” del patrimonio inmatriculado por la Iglesia

Granada Laica, grupo territorial de Europa Laica y Andalucía Laica, ha organizado un paseo por algunos bienes patrimoniales que han sido inmatriculados por la Iglesia católica en la ciudad. El paseo estará guiado por Manuel Navarro Lamolda, ex-vicepresidente de Europa Laica, ex-coordinador de Andalucía Laica y de Granada Laica.

Cartel anunciador

laicismo.org / 6 septiembre, 2024 · Fuente: Granada Laica

Este paseo abarca sólo una muestra de la gran cantidad de bienes que registró a su nombre la Iglesia en la provincia de Granada. Entre otros, el recorrido pasará por la Catedral de Granada y la Iglesia del Sagrario, así como la Capilla Real.

Las primeras fechas que se han programado son: el DOMINGO 22 de SEPTIEMBRE o el SÁBADO 5 de OCTUBRE. El paseo tendrá una duración de 3 horas, de 10 a 13 horas.

Para participar es necesario inscribirse con un formulario; el número de asistentes está limitado a 20 y se reservan por orden de llegada de la inscripción. Se confirmará a través de los datos de contacto.

En función de la demanda, se programarán nuevas fechas.

Para inscribirse, pueden rellenar el formulario disponible en este enlace.

Los indicios de Dominio Público en Bienes Eclesiásticos como fuente de la obligación de actuación administrativa de los funcionarios

En el ámbito jurídico, un indicio es un hecho o conjunto de hechos objetivos y verificables que, aunque por sí mismos no constituyen una prueba concluyente, permiten inferir racionalmente la existencia de otro hecho o situación jurídica relevante.

Plataforma catalana per la Recuperació dels Béns Immatriculats / 3 septiembre 2024

Así, el indicio es un dato objetivo que, aunque no constituye prueba plena, tiene suficiente entidad para generar sospechas razonables que justifican la apertura de una investigación o la adopción de medidas administrativas o judiciales.

En el derecho administrativo y penal, los indicios son elementos suficientes para justificar el inicio de una investigación cuando apuntan a la posible existencia de una irregularidad, infracción o situación ilegal.

Inmatriculaciones de la Iglesia Católica en España – Pequeño resumen de las Ideas Clave

Algunas de las ideas Clave sobre Inmatriculaciones de la Iglesia en España, recogidas a lo largo de este verano, quedan explicitadas en las siguientes dos imágenes, para facilitar su difusión.

Quien las prefiera presentadas en un fichero PDF de dos páginas, dispone del enlace al final.

Inmatriculaciones de la Iglesia en España (I)
Inmatriculaciones de la Iglesia en España (II)

En formato PDF, aqui.

La Iglesia encuentra otro resquicio legal para seguir inmatriculando edificios y fincas sin aportar títulos de propiedad

Las asociaciones patrimonialistas creen que los notarios están permitiendo a los obispos inscribir bienes a su nombre sin pruebas documentales pese a la derogación en 2015 del polémico artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

La Catedral y la Giralda, en Sevilla – Eduardo Briones / Europa Press

Aristóteles Moreno @aristotelesMV, publico.es / 24/08/2024

El 24 de junio de 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo un cambio trascendental en la Ley Hipotecaria española. Ese día la Iglesia católica perdió un privilegio inmobiliario que le permitía registrar bienes a su nombre con la mera autocertificación del obispo y sin presentar ningún título escrito de propiedad. Esa prebenda hipotecaria, que equiparaba a los diocesanos con funcionarios públicos, le permitió durante décadas inscribir miles fincas a su nombre, entre ellas cientos de monumentos históricos de enorme valor, como la Giralda de Sevilla o la Mezquita de Córdoba.