La institución considera que dichos exámenes que ha instaurado el gestor del monumento es un “comportamiento irregular” que provoca una “restricción inmotivada” de un ejercicio profesional debidamente acreditado y habilitado por la Junta de Andalucía

Alejandra Luque, cordopolis.eldiario,es / 15 mayo de 2025
El Defensor del Pueblo Andaluz ha emitido una resolución dirigida a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba tras recibir varias quejas relacionadas con el régimen y condiciones de acceso de los guías de turismo al recinto de la Mezquita-Catedral. La institución considera que las “pruebas de acreditación” impuestas por los gestores del monumento suponen una “limitación al libre ejercicio de la actividad” de los guías habilitados y “vulneran la normativa vigente”.
Según la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía, los guías de turismo son profesionales que prestan “información turística de forma habitual y retribuida” a los visitantes de bienes integrantes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Para ejercer esta actividad, deben estar habilitados por la Administración turística de Andalucía. Esta habilitación se obtiene mediante la acreditación de requisitos como cualificación profesional y competencias lingüísticas, el reconocimiento de cualificaciones de otros estados de la UE, o la superación de pruebas de aptitud convocadas por la Consejería competente. La normativa andaluza y la europea garantizan el “libre desarrollo de la actividad” en Andalucía para los guías habilitados, incluso aquellos procedentes de otras Comunidades Autónomas, “sin necesidad de someterse a requisitos adicionales.