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Sentencias

El Obispado de Tortosa pierde la batalla para agenciarse un campanario restaurado siete veces con fondos públicos

El Ayuntamiento de Sant Mateu es titular en el Registro de la Propiedad del campanario desde hace más de medio siglo
Hemeroteca — Revocada la sentencia que declaraba de propiedad pública el campanario de Benicarló, que vuelve al Obispado de Tortosa

Campanario de la Iglesia Arciprestal de Sant Mateu (Castelló).

eldiario.es – Lucas Marco, actualizado el 08/08/2023

La torre campanario de Sant Mateu, un municipio de casi 2.000 habitantes de la comarca castellonense del Baix Maestrat, seguirá inscrita en el Catastro a nombre del ayuntamiento a pesar de la resistencia del Obispado de Tortosa, de quien dependen 13 parroquias de las comarcas valencianas de Els Ports y del Baix Maestrat. El vestigio, incluyendo la campana de los cuartos del reloj, ha sido restaurado hasta en siete ocasiones por el consistorio, gobernado por el PSPV-PSOE, y figura en su inventario de bienes.

El Supremo fija doctrina: las empresas no son titulares del derecho a la protección de datos personales

En ocasiones, una abusiva interpretación de la normativa sobre protección de datos impide o restringe el derecho a la información pública. Muchas de las organizaciones que integran RECUPERANDO se han encontrado, en más de una ocasión, con esta barrera. Una reciente sentencia del tribunal Supremo deja claro que la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos se refiere expresamente a las personas físicas “de modo que no cabe incluir en su ámbito de aplicación a las personas jurídicas, que se encuentran excluidas de su ámbito de aplicación”.

Edificio empresarial. (Foto: archivo)

Nos lo explica en el siguiente artículo: Pablo Montes, economistjurist.es / 22/05/2023

Resolución de Justicia (Del Ministerio de)

«La sentencia judicial, verificadora de la adquisición siempre debió ser necesaria, siempre»

«Jamás negué, por supuesto, la capacidad de la Iglesia Católica para adquirir en propiedad bienes y derechos»

«Lo que nunca admití fue el privilegio de la Legislación Hipotecaria 1944-1946 permitiendo que por simple certificación del obispo diocesano se llegasen a inscribir en el Registro propiedades de bienes previamente adquiridos»

«¿Qué pensarían de ese privilegio cristianos franceses como Maritain, Bernanos, Mauriac, Claudel y otros referidos en Principios e imperativos?»

Las inmatriculaciones de la Iglesia, a debate

Las inmatriculaciones de la Iglesia, a debate

Ángel Aznarez, 27 noviembre 2022 – religiondigital.org