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Manifiesto: “Al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios”

Por medio de una Ley claramente inconstitucional, la jerarquía de la Iglesia Católica ha tenido el privilegio de inscribir inmuebles sin necesidad de acreditar título de propiedad, aprovechando lagunas o vericuetos legales, actuando como una Administración Pública y sus diocesanos como notarios.

Las inscripciones por parte de la jerarquía de la Iglesia Católica se han realizado al amparo de dos normas (artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 y artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947), que son preconstitucionales y entran en colisión con los principios de igualdad ante la Ley y aconfesionalidad del Estado que reconoce nuestra Carta Magna de 1978.

La legislación franquista permitía a la jerarquía de la Iglesia Católica inmatricular a su nombre (inscribir por vez primera un bien inmueble en el Registro de la Propiedad) y equiparaba a obispos con funcionarios públicos, a la hora de certificar que los bienes eran de su propiedad.

Plataforma en defensa del patrimonio de Sevilla

¡NO SE HAN CUMPLIDO LOS COMPROMISOS ELECTORALES! Las inmatriculaciones de la Iglesia en España

No se han cumplido los compromisos reflejados en programas, acuerdos de Gobierno o discursos de investidura prometidos por el Ejecutivo de coalición.

Pedro Sánchez, en su discurso de investidura del 4 de enero de 2020, manifestaba lo siguiente: “El Gobierno realizará las modificaciones legislativas oportunas para facilitar la recuperación de los bienes que hayan sido inmatriculados indebidamente por la Iglesia“.

Con esta referencia explícita venía a comprometer lo manifestado en:

A) El programas electoral del PSOE (apartado 2.3.1.), que decía: «Recuperación de bienes inmatriculados indebidamente por la Iglesia«.

B) El programas electoral de Unidas Podemos (apartado 137), que decía: «Recuperar los bienes inmatriculados indebidamente por la Iglesia».

C) El Acuerdo de programa del Gobierno de coalición (apartado 5.11), que decía: «Haremos las modificaciones legislativas oportunas para facilitar la recuperación de los bienes inmatriculados indebidamente por la Iglesia basadas en el privilegio de inscribir en el Registro de la Propiedad bienes a partir de simples declaraciones de sus propios miembros. «

NADA de esto se ha hecho. NO ha habido voluntad política suficiente para llevarlo a cabo. El actual Ejecutivo de coalición ha fallado estrepitosamente en cumplir sus compromisos.

A pesar de las promesas de transparencia, justicia y recuperación del patrimonio común, hasta la fecha no se han tomado las medidas necesarias para abordar esta cuestión, perpetuando una injusticia histórica que afecta a miles de bienes inmuebles y, por ende, a la sociedad en su conjunto.

NO SE HAN CUMPLIDO LOS COMPROMISOS ELECTORALES. Las inmatriculaciones de la Iglesia en España

El juez atribuye al Estado los bienes del interior del Pazo de Meirás que reclamaban los Franco

Se trata de documentos y piezas de valor histórico

Un equipo del CSIC, en 2021, durante los trabajos para documentar cómo dejaron los Franco el Palacio de Meirás (Sada, A Coruña) – CSIC

Natalia Junquera, elpais.com / 08 nov 2024

El Juzgado de Primera Instancia Número 70 de Madrid ha dado la razón al Estado en el pleito que mantenía con los herederos de Francisco Franco a propósito de los bienes y documentos hallados en el interior del Pazo de Meirás (Sada, A Coruña). El Estado recuperó —también en los tribunales— este inmueble en 2020 al entender la jueza que la compraventa de 24 de mayo de 1941 fue una “simulación” y, por tanto, nula, y que la donación de la Junta Pro Pazo “del Caudillo”, formada por prohombres del régimen, en plena Guerra Civil, para comprar y regalar el palacete “al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional” se había hecho por ser jefe del Estado, no por llamarse Francisco Franco.

Catedrales góticas

El negocio está en marcha. El préstamo hecho hace más o menos siglos en según casos, de momento ha pasado a propiedad

Una de las catedrales góticas más impresionantes, la Catedral de Sevilla. MAURI BUHIGAS

Rafael Sanmartín, lavozdelsur.es / 7 de noviembre de 2024

La Catedral de Santa María de la Sede y la Asunción y la de Notre Dame, ambas son góticas. La segunda gótico francés, impresionante, majestuosa, la primera también majestuosa pero menos pretenciosa, pese a que “quienes la vieren nos tomaren por locos” porque es la mayor iglesia gótica del mundo y en su conjunto la segunda de toda la cristiandad, aunque le hayan colocado San Pablo por delante, pues la londinense es más pequeña. Pero Andalucía no es grandilocuente, la grandiosidad de los estilos sevillanos, incluido el barroco, es más personal, más intimista, porque intimismo y grandilocuencia son conceptos distantes de tamaño y medidas. Más importante lo primero que lo segundo a nuestro entender.

El Plan de Gestión del Centro Histórico de Córdoba soslaya el abuso de elementos católicos en la mezquita-catedral

La Unesco puede informar sobre este documento que contempla propuestas de acción para el centro histórico y el templo, declarados Patrimonio Mundial en 1994

Una mujer observa la imagen de un crucificado en la mezquita-catedral de Córdoba – PACO PUENTES

Eva Saiz, elpais.com / Sevilla – 06 noviembre 2024

El Ayuntamiento de Córdoba aprobó el pasado jueves en una sesión extraordinaria el Plan de Gestión del Centro Histórico de la ciudad, declarado en 1994 Patrimonio de la Mundial de la Unesco y que incluye como un todo indisoluble la mezquita-catedral y el casco histórico de la ciudad. En el documento —exigido por este organismo de Naciones Unidas para garantizar la conservación del valor universal del bien―, aunque se hace referencia a la importancia predominante del templo, no se aborda la inquietud por la preservación de su carácter andalusí, como han cuestionado expertos e intelectuales y un reciente informe de la ONG internacional World Heritage Watch (WHW), que asesora a la Unesco sobre el estado de los monumentos Patrimonio de la Mundial. Un vacío que tiene relevancia, puesto que la Unesco solo puede informar sobre este documento, al ser el único que el Gobierno de España, como Estado parte, puede remitir al Comité de Patrimonio Mundial y sus órganos consultivos para su valoración.

UNA “HERIDA ABIERTA” EN NUESTRA DEMOCRACIA: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

La problemática de las inmatriculaciones NO es un “tema cerrado” como interesa a algunos. Es UNA “HERIDA ABIERTA” EN NUESTRA DEMOCRACIA.

 A pesar de los intentos de calificar esta cuestión como un «tema cerrado», la realidad es que las inmatriculaciones son una afrenta directa a los principios de equidad y transparencia que deben regir nuestra sociedad. La inscripción de más de 100.000 bienes inmuebles a nombre de la Iglesia, sin aportar títulos de propiedad, es una injusticia que no podemos permitir que se entierre en el olvido.

Y, no sólo no se ha avanzado en la solución de este problema, sino que ni siquiera se ha hecho el esfuerzo de identificar y publicar una información completa y detallada de los bienes inmatriculados.

Hasta el punto de que existen bienes declarados BIC y Patrimonio de la Humanidad, aparentemente no inscritos en el registro de la propiedad, cuya titularidad no parece preocupar a nuestras administraciones que permiten que la Iglesia Católica los utilice y administre como propios.

Afirmar que la problemática de las inmatriculaciones es un «tema cerrado» es una burla a la inteligencia y a la paciencia de la ciudadanía. Mientras esta injusticia permanezca sin resolver, nuestra democracia seguirá teniendo una herida abierta que, además de suponer una perdida inconmensurable de nuestro patrimonio histórico y cultural común, socava la confianza en nuestras instituciones y en el principio de igualdad ante la ley.

UNA “HERIDA ABIERTA” EN NUESTRA DEMOCRACIA: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España

La Iglesia Católica: Entre el actor estatal extranjero y la empresa extranjera. Una reflexión social, ética, política y jurídica sobre su influencia en la inmatriculación de bienes inmuebles en España

La Iglesia Católica, con su dualidad como actor estatal extranjero, representado por la Santa Sede, y como actor empresarial privado, funcionalmente equiparable a una multinacional, constituye un fenómeno único que plantea profundas tensiones en la soberanía estatal, la equidad fiscal y la justicia social en España. Sea que se analice desde el prisma del Derecho Internacional Público o del Derecho Internacional Privado, el impacto de la Iglesia desborda las competencias soberanas del Estado español, mientras despoja a la ciudadanía de bienes patrimoniales mediante mecanismos jurídicos cuestionables y éticamente reprochables.

Plataforma catalana per la Recuperació dels Béns Immatriculats / 5 de novembre de 2024

Un poder desorbitado: La Iglesia como un actor que excede el control estatal

Desde la perspectiva de un actor estatal extranjero, la Iglesia Católica, a través de la Santa Sede y el Estado Vaticano, se erige como una autoridad que regula sus propias instituciones, como diócesis y parroquias, según un ordenamiento jurídico ajeno al español: el Derecho Canónico. Este ordenamiento no solo establece la jerarquía interna y las decisiones doctrinales, sino que también regula aspectos administrativos y financieros de las entidades eclesiásticas, subordinándolas al control vertical de un Estado extranjero.

¡SE INVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA!: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

Las inmatriculaciones de la Iglesia han provocado que SE INVIERTA LA CARGA DE LA PRUEBA. Ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar lo que es suyo.

La carga de la prueba recae sobre quien reclama un derecho. Sin embargo, en España, la Iglesia Católica ha disfrutado de un privilegio sin precedentes que ha permitido invertir esta lógica fundamental. Gracias a las inmatriculaciones basadas en una simple certificación eclesiástica, ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar lo que es suyo.

  • Un monte, que tradicionalmente era de uso comunal, incluso inventariado como tal, es inscrito en el registro de la propiedad a nombre la la Iglesia …
  • Una plaza, que siempre había sido de uso público, se cierra con llave y la iglesia la inscribe como suya …
  • Una ermita construida y siempre cuidada por los vecinos, que realizaban junto a ella las romerías …
  • Un cementerio, construido y cuidado por los vecinos, que han convertido en toda una muestra floral …
  • Un local social, construido por las comunidades vecinales y utilizado como centro social por las mismas … / …

Ahora son los vecinos, ayuntamiento o Comunidad quienes deben de probar que es suyo.

Son todos casos en los que no existe título escrito de propiedad. Pero el bien ya ha sido inmatriculado a nombre de la Iglesia mediante una simple certificación eclesiástica.

La historia, los relatos vecinales, las facturas de pago del mantenimiento o del agua y la luz no se tienen en cuenta como elementos probatorios.

El resultado de este abuso de poder es una inversión grotesca de la carga de la prueba. En lugar de exigir a la Iglesia que demuestre la legitimidad de su propiedad, antes de poder inscribirla a su nombre, ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar que los bienes que consideraban parte de su patrimonio común son realmente suyos.

¡SE INVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA!: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España

Vídeo de la conferencia sobre inmatriculaciones del pasado 24 octubre en Legazpi

El pasado jueves 24, tuvo lugar una conferencia bajo el título ‘Las inmatriculaciones de la Iglesia católica: antes del pueblo, ahora del Vaticano’, en la Casa de Cultura de Legazpi (Gipuzkoa).

plataforma-ekimena.org / 28-10-2024

Grabación de la Conferencia:

En la conferencia, de una forma sencilla con imágenes y un pequeño vídeo, Cristina Contreras (presidenta y abogada) junto a Ekhiotz Prieto (portavoz) de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, explicaron la problemática de las inmatriculaciones.