Por medio de una Ley claramente inconstitucional, la jerarquía de la Iglesia Católica ha tenido el privilegio de inscribir inmuebles sin necesidad de acreditar título de propiedad, aprovechando lagunas o vericuetos legales, actuando como una Administración Pública y sus diocesanos como notarios.
Las inscripciones por parte de la jerarquía de la Iglesia Católica se han realizado al amparo de dos normas (artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 y artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947), que son preconstitucionales y entran en colisión con los principios de igualdad ante la Ley y aconfesionalidad del Estado que reconoce nuestra Carta Magna de 1978.
La legislación franquista permitía a la jerarquía de la Iglesia Católica inmatricular a su nombre (inscribir por vez primera un bien inmueble en el Registro de la Propiedad) y equiparaba a obispos con funcionarios públicos, a la hora de certificar que los bienes eran de su propiedad.
Plataforma en defensa del patrimonio de Sevilla
Con estas inmatriculaciones, la jerarquía de la Iglesia Católica se ha apropiado de forma masiva y subrepticia de bienes públicos. Se da la circunstancia de que muchos de esos bienes públicos han sido reformados o rehabilitados con dinero del erario público y, también, que aquel patrimonio cuya rehabilitación no estaba garantizada por las administraciones públicas no pasó a formar parte de los bienes inmatriculados: la Iglesia no se ha apropiado de ruinas. Una reforma legislativa del Gobierno de José María Aznar en 1998, extendió a los templos de culto la posibilidad de ser inmatriculados.
Ante las presiones ciudadanas y de las asociaciones civiles (como la Plataforma en defensa del Patrimonio andaluz, que denunció la inmatriculación de la Mezquita de Córdoba en 2006), el 26 de junio de 2015 se modificó la Ley Hipotecaria y se eliminó el privilegio de la Iglesia Católica para inmatricular; aunque no se hizo con carácter retroactivo, por lo que todo lo inmatriculado hasta esa fecha mantiene ese privilegio alegal de forma anticonstitucional.
El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, se comprometió el pasado 27 de enero a retomar el asunto de la titularidad pública de la Mezquita de Córdoba y mediar ante la Junta de Andalucía tras una reunión con la ‘Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba – Patrimonio de todos’. Esta Plataforma ha conseguido el respaldo de 400.000 firmas reclamando la titularidad pública de este bien patrimonial.
En abril de 2017, el Congreso aprobó una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a reclamar la propiedad de aquellos bienes puestos a nombre de la jerarquía de la Iglesia Católica y que no se justifiquen como de uso o de propiedad eclesiástica. La iniciativa, que fue presentada por el PSOE, pedía al Ejecutivo de Mariano Rajoy que, en el plazo de seis meses, se aportara la relación de bienes inmatriculados por la jerarquía de la Iglesia Católica.
Las Administraciones Públicas, y en concreto la Junta de Andalucía, deben velar por el patrimonio cultural y arquitectónico y por el cumplimiento de la Constitución.
El artículo 46 de la Constitución Española dice que “los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”.
Así mismo, el Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su artículo 10, como objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, “el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico”.
También en su artículo 33 reconoce que “todas las personas tienen derecho, en condiciones de igualdad, al acceso a la cultura, al disfrute de los bienes patrimoniales, artísticos y paisajísticos de Andalucía, al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas, así como el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural andaluz” y, en el artículo 36, reconoce como deber el de “cuidar y proteger el patrimonio público, especialmente el de carácter histórico-artístico y natural”.
En 1998, cuando Aznar modificó la Ley Hipotecaria, el responsable del Patrimonio de la Iglesia era el Obispo de Córdoba, Juan José Asenjo, quien pasó a ser Arzobispo de Sevilla en noviembre de 2009.
En febrero de 2010, la Archidiócesis de Sevilla inscribió a su nombre en el Registro de la Propiedad la finca urbana formada “por la Santa, Metropolitana y Patriarcal Iglesia Catedral de Sevilla, por la Parroquia del Sagrario de la Catedral y Dependencias anexas”. En ese apartado de “dependencias anexas” se incluyen la Giralda y el Patio de los Naranjos. Esta inscripción estuvo exenta del Impuesto por Transmisiones Patrimoniales, el cabildo eclesiástico sevillano sólo pagó los treinta euros de tasas del Registro de la Propiedad.
Nuestros mayores recuerdan que de niños jugaban en el Patio de los Naranjos, y los sevillanos disfrutaban de ese espacio público que la Archidiócesis ha cerrado y del que sólo se puede disfrutar si pasas por taquilla y sacas la entrada. Los accesos a la torre (antiguo alminar) de la Giralda y al Patio de los Naranjos, históricamente han tenido accesos distintos e independientes a los de la Catedral.
La jerarquía de la Iglesia Católica tiene que devolver lo que es nuestro, lo que es patrimonio público, y pagar impuestos por lo que es suyo.
Ante esta situación, un grupo de ciudadanos y ciudadanas, cristianos y cristianas, laicos y laicas, y de diferentes ideologías y creencias han decidido constituirse en la Plataforma en defensa del Patrimonio de Sevilla para exigir a las instituciones los listados de bienes inmatriculados sin título de propiedad por la jerarquía de la Iglesia Católica, así como pedir la impugnación del procedimiento por ser inconstitucional.
No estamos en contra del uso de los templos y las iglesias para el culto, respetamos absolutamente ese uso que se le da para los creyentes. Pero estamos en contra de que la jerarquía de la Iglesia se apropie de bienes inmuebles que forman parte el Patrimonio del Estado, es decir, que pertenecen al pueblo español, y al andaluz y sevillano en particular.
Por todo ello, la Plataforma en defensa del Patrimonio de Sevilla:
- Insta a las Instituciones Públicas a que hagan público el listado de bienes inmatriculados por la jerarquía de la Iglesia Católica.
- Insta a las Instituciones Públicas a que cumplan con su deber de conservar y proteger el patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España.
- Anima a la sociedad sevillana, personas individuales, asociaciones o colectivos, a sumarse a esta Plataforma para defender el patrimonio que es de todas y todos. Y para reclamar ese derecho que ha sido sustraído subrepticiamente por medio de las inmatriculaciones realizadas para el único beneficio de la jerarquía de la Iglesia Católica.