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Categoría: España

Entradas de España

¡SE INVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA!: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

Las inmatriculaciones de la Iglesia han provocado que SE INVIERTA LA CARGA DE LA PRUEBA. Ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar lo que es suyo.

La carga de la prueba recae sobre quien reclama un derecho. Sin embargo, en España, la Iglesia Católica ha disfrutado de un privilegio sin precedentes que ha permitido invertir esta lógica fundamental. Gracias a las inmatriculaciones basadas en una simple certificación eclesiástica, ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar lo que es suyo.

  • Un monte, que tradicionalmente era de uso comunal, incluso inventariado como tal, es inscrito en el registro de la propiedad a nombre la la Iglesia …
  • Una plaza, que siempre había sido de uso público, se cierra con llave y la iglesia la inscribe como suya …
  • Una ermita construida y siempre cuidada por los vecinos, que realizaban junto a ella las romerías …
  • Un cementerio, construido y cuidado por los vecinos, que han convertido en toda una muestra floral …
  • Un local social, construido por las comunidades vecinales y utilizado como centro social por las mismas … / …

Ahora son los vecinos, ayuntamiento o Comunidad quienes deben de probar que es suyo.

Son todos casos en los que no existe título escrito de propiedad. Pero el bien ya ha sido inmatriculado a nombre de la Iglesia mediante una simple certificación eclesiástica.

La historia, los relatos vecinales, las facturas de pago del mantenimiento o del agua y la luz no se tienen en cuenta como elementos probatorios.

El resultado de este abuso de poder es una inversión grotesca de la carga de la prueba. En lugar de exigir a la Iglesia que demuestre la legitimidad de su propiedad, antes de poder inscribirla a su nombre, ahora son los ayuntamientos y los ciudadanos quienes deben probar que los bienes que consideraban parte de su patrimonio común son realmente suyos.

¡SE INVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA!: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España

¡FALTA DE TRANSPARENCIA DEMOCRÁTICA!: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

La exigencia de información completa sobre los 100.000 bienes inmatriculados por la Iglesia es, simplemente, una cuestión de TRANSPARENCIA DEMOCRÁTICA.

La transparencia no es una opción, es una obligación. La opacidad que ha rodeado este proceso durante décadas es una afrenta directa a los principios de equidad, justicia y rendición de cuentas que deben regir en cualquier sociedad que se precie de ser democrática.

La opacidad en la gestión de esta cuestión erosiona la confianza en nuestras instituciones y en el funcionamiento de nuestra sociedad.

Por ello, la exigencia de esta información completa no es un capricho ni una demanda irrazonable; es una cuestión fundamental de transparencia democrática.

Es necesario que se hagan públicas TODAS las notas simples registrales (o en su defecto información detallada) de TODOS los bienes inmatriculados por la Iglesia en España, DESDE 1946, mediante una simple certificación eclesiástica.

La ciudadanía tiene el derecho de saber y el Gobierno tiene el deber de proporcionar la información completa y detallada. Solo así podremos restaurar la confianza en nuestras instituciones y garantizar una gestión justa y transparente de nuestro patrimonio común.

Cartelería Ideas Clave para descargar (CAST – CAT – EUS – GAL – ENG – FRA)

Como hemos visto que la campaña de Ideas Clave ha tenido cierta aceptación, tanto las imágenes, como los reels para RRS, como los pequeños vídeos, hemos elaborado una cartelería sobre la misma orientada a su impresión.

Consta de:

  • Un fichero PDF con dos hojas en formato A3 que permite tanto imprimir pequeños carteles, como una hoja formato A4 a dos caras para repartir entre asistentes a actos.
  • Dos ficheros con las imágenes en formato PNG.

De momento están disponibles las versiones en castellano, catalán, euskera, gallego, inglés y francés. Se pueden descargar en un fichero comprimido ZIP en los enlaces que se indican:

descarga en castellano
descarga en euskera
descarga en catalán 
descarga en gallego
descarga en inglés
descarga en francés

Esperamos que os resulten útiles y colaboréis en su difusión.

Mezquita sin Mezquita

Todo lo apropiado por la Iglesia católica de forma alegal, por medio de inmatriculaciones, debe ser revertido al Bien Común

Mezquita de Córdoba. Uno de los cien mil bienes del común apropiados por la Iglesia

Eso parece o así lo insinúa el señor Ministro de la cosa de la cultura, que la cultura no quita lo valiente. Pero con tanto tiempo dedicado a la alegría del baile, no ha caído en la cuenta de que la Mezquita fue construida para Mezquita. Y la Catedral para Catedral, sobre el terreno público formado por el solar de la Mezquita. Y el Patio de los Naranjos para juegos de niños, paseos de adultos y regocijo de ancianos.

Rafael Sanmartin, diarioandaluz.org / Oct 16, 2024

Europa Laica critica que Sánchez no hablara con el Papa sobre la autofinanciación de la Iglesia o inmatriculaciones

Europa Laica critica que Sánchez no hablara con el Papa sobre la autofinanciación de la Iglesia o inmatriculaciones

Europa Laica ha criticado que el presidente del Gobierno de España, que se reunió con el Papa Francisco el pasado viernes en el Vaticano, trató asuntos «que no» le «competen» y han lamentado que no se abordaran otros temas como «la autofinanciación de la Iglesia» o las «inmatriculaciones», entre otros.

Basílica de San Pedro del Vaticano. EUROPA PRESS – Archivo

Europa Press Sociedad / 14 octubre 2024

EL LISTADO FACILITADO POR EL GOBIERNO NO SIRVE: Inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

En 2021, el Gobierno hizo público un listado con 34.961 bienes inmatriculados por la Iglesia en España. Ese listado NO SIRVE.

Por dos razones:

1. Es INCOMPLETO (son más de 100.000) y 2. NO PERMITE LA IDENTIFICACIÓN de los bienes.

  • Es un listado incompleto porque solo abarca el período 1998-2015. Sabemos con seguridad que el número de inmatriculaciones realizado con anterioridad, desde 1946, es mucho mayor.
  • Es un listado incompleto porque faltan datos de registros de la propiedad enteros, que probablemente no respondieron a la solicitud efectuada por el Gobierno.
  • Es un listado incompleto porque bienes que ahora se encuentran en discusión y que corresponderían al periodo del listado, ni siquiera figuran en el mismo.

Pero es que, además, no sirve porque no permite identificar gran parte de los bienes.

  • No permite identificar bienes emblemáticos declarados BIC y Patrimonio de la Humanidad. Por ejemplo, una joya del prerrománico asturiano como Santa Cristina de Lena (figura como finca y capilla en Felgueras) o la propia Giralda de Sevilla y el Patio de los Naranjos (no constan y figuran como ‘dependencias anexas’ de la Catedral en la nota simple).
  • Ni tampoco permite identificar las miles de viviendas, solares, fincas y terrenos que se mencionan.

Esta falta de exhaustividad y claridad empaña la necesaria transparencia que debería guiar este proceso de información. La publicación de un listado incompleto y genérico no solo es insuficiente, sino que también es una afrenta a los principios democráticos que deberían guiar la acción del Gobierno.

EL LISTADO FACILITADO POR EL GOBIERNO NO SIRVE: Inmatriculaciones de la Iglesia en España

UNA CUESTIÓN DE ESTADO: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

Por la magnitud numérica (más de 100.000) y la importancia de los bienes afectados (BIC y Bienes Patrimonio de la Humanidad), la cuestión de las inmatriculaciones, en España, es UN PROBLEMA DE ESTADO

Sabemos que la Iglesia Católica ha inscrito en el Registro de la Propiedad más de 100.000 bienes inmuebles sin necesidad de aportar títulos de propiedad ni garantías.

Sabemos que muchos de estos bienes son de incalculable valor histórico y cultural, declarados BIC y monumentos Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

Sabemos que más del 80% del patrimonio histórico y cultural del país se encuentra, de esta manera, inscrito en los Registros de la Propiedad a nombre de la Iglesia.

Sabemos que también han sido inmatriculadas plazas y vías públicas o bienes comunales.

La magnitud de esta apropiación ha sido asombrosa.

Esto no es un problema entre vecinos, ni de los ayuntamientos, ni siquiera de las comunidades autónomas, aunque cada uno deba asumir su responsabilidad dentro del marco de sus competencias.

La cuestión de las inmatriculaciones es un problema de Estado que requiere una respuesta contundente y decidida por parte del Gobierno. Es el Gobierno quien tiene la responsabilidad de INFORMAR con claridad, declarar NULO lo inmatriculado de manera indebida y REGULAR sobre el patrimonio histórico y cultural, garantizando su uso y disfrute actual y futuro por todos los ciudadanos.

UNA LEY FRANQUISTA: Las inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

El origen de la problemática de las inmatriculaciones es UNA LEY FRANQUISTA: la Ley Hipotecaria de 1946.

El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 y su Reglamento de 1947 permitieron inscribir bienes a nombre de la Iglesia equiparando a ésta con la administración pública y a sus obispos con notarios. Bastaba con la simple firma de un obispo. “Una sola palabra tuya servirá para inscribirme”.

Esta problemática radica en la voluntad del régimen franquista de fortalecer a la Iglesia Católica como uno de sus pilares fundamentales. De esta manera, no solo consolidaba su poder, sino que también la recompensaba por su apoyo incondicional.

Estas normas debieron ser declaradas nulas de pleno derecho desde 1978 por inconstitucionalidad sobrevenida al vulnerar el principio de aconfesionalidad del Estado. Pero no lo fueron.

Es más, en 1998, el Gobierno de José María Aznar añadió otro privilegio; la posibilidad de inmatricular, también, lugares de culto, cosa que ni siquiera el régimen franquista se había atrevido a hacer.

Siempre se había entendido que estos bienes eran patrimonio de toda la ciudadanía, bienes de dominio público, con independencia del uso religioso que pudiera hacerse de ellos.

Tuvo que llegar el año 2015 para que, tras una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que haría sonrojarse a cualquier Gobierno, se eliminara este privilegio inconcebible.

Pero todo lo inmatriculado… inmatriculado quedó.

ANOMALÍA EUROPEA: Inmatriculaciones de la Iglesia en España (vídeo)

INMATRICULACIONES DE LA IGLESIA EN ESPAÑA. ANOMALÍA EUROPEA.

En NINGÚN OTRO PAÍS EUROPEO se ha podido inscribir un bien en el Registro de la Propiedad con una simple certificación eclesiástica como ha hecho la Iglesia Católica en España.

La situación en España con respecto a las inmatriculaciones de la Iglesia Católica es una anomalía jurídica y moral.

En Francia, por ejemplo, los bienes muebles e inmuebles de especial relevancia cultural, dedicados al culto público, pertenecen al Estado francés en virtud de la Ley de separación de la Iglesia y el Estado de 1905.

En Portugal, los catalogados como «monumentos nacionales» o como «edificios de interés público», también son propiedad de Estado portugués, con independencia de que puedan dedicarse al culto. Ello es así en virtud del Concordato entre la Santa Sede y la República portuguesa de 1940.

En España, todos estos bienes, han sido inscritos a nombre de la Iglesia Católica. Pero no solo eso, sino que esa inscripción se ha realizado con una simple certificación eclesiástica, sin aportar títulos de propiedad ni someterse a un procedimiento garantista.

En ningún otro país europeo se ha permitido a una entidad privada como la Iglesia Católica inscribir bienes en el Registro de la Propiedad de esta manera; la propiedad debe estar respaldada por un título de dominio claro.

Pero, la firma de un obispo, en España, vale mucho más que todo eso.

La situación en España respecto a las inmatriculaciones de la Iglesia Católica ha sido una anomalía sin parangón en el resto de Europa.

Inmatriculaciones: ¡Sin títulos de propiedad ni garantía alguna! (vídeo)

La Iglesia Católica ha inscrito bienes en el Registro de la Propiedad SIN APORTAR TÍTULOS DE PROPIEDAD ni garantía alguna

Durante más de 70 años, la Iglesia Católica ha inscrito en el Registro de la Propiedad más de 100.000 bienes a su nombre sin presentar los títulos de propiedad correspondientes ni aportar ningún tipo de garantía.

Este hecho, amparado por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, promulgada durante la dictadura franquista, ha concedido a la Iglesia un privilegio excepcional: la capacidad de registrar inmuebles únicamente mediante una certificación emitida por el obispo, sin la necesidad de demostrar la titularidad legal sobre dichos bienes.

Mientras que cualquier ciudadano o entidad privada debe cumplir con un proceso legal riguroso para registrar una propiedad, aportando títulos de propiedad, garantías, o en su defecto, abriéndose un expediente de dominio, la Iglesia ha operado sin tener que cumplir estos requisitos. Le ha bastado con la simple firma de un obispo.

Esta falta absoluta de garantías y la ausencia de documentación que acredite la legítima propiedad de los bienes constituye una anomalía jurídica y un privilegio incompatible con los principios de justicia y equidad que deben regir en una sociedad democrática.

El hecho de que una entidad privada, como la Iglesia, haya podido inscribir bienes sin aportar títulos de propiedad ni garantía alguna representa una violación de estos principios fundamentales. Así lo ha señalado el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ha concluido que estas prácticas han vulnerado los principios de igualdad y seguridad jurídica.