Algunas de las ideas Clave sobre Inmatriculaciones de la Iglesia en España, recogidas a lo largo de este verano, quedan explicitadas en las siguientes dos imágenes, para facilitar su difusión.
Quien las prefiera presentadas en un fichero PDF de dos páginas, dispone del enlace al final.
Inmatriculaciones de la Iglesia en España (I)Inmatriculaciones de la Iglesia en España (II)
Las asociaciones patrimonialistas creen que los notarios están permitiendo a los obispos inscribir bienes a su nombre sin pruebas documentales pese a la derogación en 2015 del polémico artículo 206 de la Ley Hipotecaria.
La Catedral y la Giralda, en Sevilla – Eduardo Briones / Europa Press
El 24 de junio de 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo un cambio trascendental en la Ley Hipotecaria española. Ese día la Iglesia católica perdió un privilegio inmobiliario que le permitía registrar bienes a su nombre con la mera autocertificación del obispo y sin presentar ningún título escrito de propiedad. Esa prebenda hipotecaria, que equiparaba a los diocesanos con funcionarios públicos, le permitió durante décadas inscribir miles fincas a su nombre, entre ellas cientos de monumentos históricos de enorme valor, como la Giralda de Sevilla o la Mezquita de Córdoba.
A las personas que vemos los credos religiosos desde las afueras, ya sea como ateas, agnósticas o simplemente críticas con el hecho cultural en sí, no nos causa extrañeza la impunidad y silencio con el que se lleva tratando desde hace décadas, a veces entre bastidores y otras con sensacionalismo amarillista, los miles de casos de pederastia de clérigos católicos en todo el mundo y muy singularmente en España. La impunidad es histórica y los privilegios son muchos y variados.
Como dejara dicho negro sobre blanco el gran escritor y diplomático Gonzalo Puente Ojea, las dos grandes hipotecas de la Hispania celtíbera son la cruz cristiana, apostólica y romana y la monarquía, sobre todo la borbónica. Cabría añadir como tercera y cuarta hipotecas institucionales el estamento ultra militar y la judicatura elitista, montaraz y conservadora apegada a valores cuasi medievales..
El catolicismo español está asociado como uña y carne al fascismo de Franco. A pesar de las décadas transcurridas, los privilegios de la iglesia católica en la España laica y constitucional son de muy diverso orden.
ERPH revista electrónica de patrimonio histórico es una publicación científica semestral editada por el Grupo de Investigación HUM 222 denominado “Cultura artística y patrimonio histórico» del Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Granada y dirigida a investigadoras/es nacionales e internacionales, profesionales y ciudadanía que tengan interés en la protección del Patrimonio Cultural.
Los bienes de origen eclesiástico, tanto aquellos sin culto (desamortizados en el siglo XIX) como aquellos con culto (que han sido objeto de inmatriculación reciente mediante certificación eclesiástica), presentan indicios de presunto dominio público que obligan a las Administraciones Públicas a investigar su situación registral y a protegerlos en caso de posible despojo.
Dado que no existe una norma expresa que establezca qué bienes eclesiásticos deben considerarse de dominio público, es posible fundamentar la obligación de actuar sobre principios jurídicos generales, normativa de patrimonio público y jurisprudencia.
A continuación, se desarrollan dos grandes indicios de presunto dominio público, uno basado en la desamortización eclesiástica del siglo XIX y otro en la falta de título válido en las inmatriculaciones por certificación eclesiástica.
«La Iglesia no se siente obligada a colaborar solidariamente con la sociedad, como hacemos todos los ciudadanos, contribuyendo con el pago del IBI por los inmuebles que le generan beneficios. No hay que olvidar que la Iglesia está considerada como la mayor inmobiliaria de España»
«La Iglesia recauda más de 1.000 millones de euros al año, según consta en la última Memoria de Actividades de la Iglesia»
Las exenciones fiscales de la institución católica también alcanzan a los «donativos, las colectas, los rendimientos del patrimonio mobiliario (intereses, dividendos, etcétera) e inmobiliario (alquileres, etc.) y las plusvalías generadas por ventas de patrimonio»
El Parlamento debe tomar medidas legislativas para recuperar todo aquello que la Iglesia ha inmatriculado con la única prueba de la certificación del obispo.
Inmatricular, según el diccionario, es «inscribir por vez primera un bien inmueble en el Registro de la Propiedad». Se trata, pues, de ir al Registro de la Propiedad para que pongan a tu nombre un inmueble que nunca antes ha pertenecido a nadie. Parece imposible que haya, todavía, bienes que no sean de nadie, que sean públicos, de todos. Pero los hay.
Por supuesto que el Sr. Registrador, antes de registrarlo a tu nombre te pedirá que demuestres que tienes pruebas de que puedes hacerlo.
Varios colectivos denuncian que la Iglesia incumple el régimen de visitas, no lo conserva adecuadamente y quiere convertirlo en un «negocio turístico» en vulneración del convenio de cesión.
La Cartuja de Jerez, el monumento más relevante del patrimonio histórico de Cádiz, según todos los expertos, es propiedad del Estado aunque fue cedido al Obispado de Asidonia-Jerez en un convenio firmado en 2003 con el Ministerio de Hacienda. Fundada en 1474 por Álvaro Oberto de Valeto y ocupada por los monjes cartujos en régimen de clausura durante cinco siglos, en 2004 fue traspasada a las Hermanas de Belén hasta que en marzo pasado abandonaron el cenobio.
En algunos sitios se defiende la titularidad pública del patrimonio cultural.
Sobre las intenciones de la Arquidiócesis de Morelia en intervenir en el Ex Convento franciscano de Santa Ana, que está bajo el resguardo de la comunidad de Tzintzuntzan, el secretario de turismo estatal Roberto Monroy comenta lo siguiente.
Aclara que el Ex Convento de Santa Ana estuvo abandonado por mucho tiempo, y fue la comunidad junto con la asociación “Adopta Una Obra de Arte” quienes trabajaron para su rescate piedra por piedra junto con el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) e instancias estatales.
Actualmente se le da mantenimiento a las instalaciones con el recurso que obtienen de los visitantes, por lo que considera Monroy que se debe de quedar en las manos en la comunidad ya que la iglesia ya cuenta con dos espacios en Tzintzuntzan para promulgar la fe.
Comenta que la problemática es entre la sociedad civil y la propuesta que se hizo por parte de la iglesia de ocupar ese espacio, pero es muy poco probable que se le otorgue el espacio ya que “los bienes de la iglesia son bienes del Estado”, y al momento de hacer la restauración se acordó que fuera en coordinación con la asociación “Adopta Una Obra de Arte”, la mano de obra local, el INAH y el gobierno.