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Categoría: Aragón

Entradas de Aragón

XVI Encuentro de Asociaciones en Defensa del Patrimonio, Zaragoza, mayo 2021

Conclusions definitives de la XVI Trobada d’associations de defensa del Patrimoni a Saragossa. Maig 2021 

ASOCIACIONISMO: PROBLEMÁTICAS Y CONCLUSIONES

HACIA UNA UNIÓN O FEDERACION DE ASOCIACIONES

Las asociaciones y personas especialistas en patrimonio cultural que aquí figuramos tenemos la firme voluntad de constituirnos en una Federación/Unión de asociaciones para comenzar a impulsar relaciones a nivel nacional con los responsables del Ministerio de Cultura, Bellas Artes y Patrimonio, así como con los grupos políticos y el Congreso de Diputados en Madrid y con todos aquellos agentes que consideremos oportuno en defensa de la legítima defensa del patrimonio cultural nacional

La defensa del patrimonio cultural y del paisaje , es una necesidad no puede ser una causa perdida. Dada la situación de cambio climático que sufrimos a este respecto es obligación de nuestras asociaciones tomar conciencia que en ello nos va en buena parte de la supervivencia como especie. Sin lugar a dudas, la conservación del patrimonio puede colaborar al equilibrio medioambiental que necesitamos, sostenibilidad y ecoeficiencia

La iglesia no lo hizo tan bien

En contestación al artículo de opinión publicado en HERALDO el 3 de marzo de 2021 firmado por la registradora de la Propiedad Dña. Isabel de Salas y titulado ‘La Iglesia lo hizo bien’:

Jorge A. García, MHUEL | Heraldo de Aragón | 16 marzo 2021

1- Mostrar cierta sorpresa con el artículo que llamativamente fue publicado al día siguiente 4 de marzo por el medio ‘Iglesia de Aragón’ -órgano oficial de comunicación de las diócesis aragonesas-, por lo tanto deducimos que la opinión de la Sra. de Salas es coincidente, por no decir que es la misma en pensamiento, tesis y argumentario que la postura oficial de la jerarquía católica en Aragón.

2.- La registradora de Salas nos hace un recorrido histórico desde el periodo desamortizador del siglo XIX que justifica las inmatriculaciones vía certificación. Hay que recordar que no conviene agitar los fantasmas del pasado mentando las desamortizaciones como elemento demonizador. El proceso desamortizador decimonónico, con todos sus errores e imperfecciones, buscó la erradicación de las llamadas ‘manos muertas’ de latifundios eclesiales, señoríos y mayorazgos improductivos; proceso irreversible para la transformación definitiva del sistema feudal de propiedad y de servidumbre en forma de pago de diezmos al nuevo pensamiento del estado moderno liberal y el incipiente municipalismo.

3.- Sostiene doña Isabel la constitucionalidad de la Ley Hipotecaria de 1946 (art. 206 LH y art. 304 del Reglamento Hipotecario), la reforma de la misma en el año 1998 con el Gobierno Aznar que amplía la potestad inmatriculadora a los bienes inmuebles dedicados a culto.

Queremos recordar con el debido respeto que, desde que entra en vigor la Constitución de 1978, el principio de aconfesionalidad del Estado recogido en el art. 16.3 dice: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal», por lo tanto es inadmisible y no tiene pase alguno que a partir del año 1978 una corporación de derecho privado como es la Iglesia católica pudiera estar equiparada o asimilada a una administración general del Estado o corporación pública a la hora de poner bienes inmuebles a su nombre mediante un autocertificado, ejerciendo los diocesanos como fedatarios públicos o notarios del Reino de España.

4.- Aduce la señora De Salas la validez de la interpretación que hace en 2001 la Dirección General de Registros y Notariados (DGRN) a la hora de dar carta de naturaleza positiva a las inmatriculaciones realizadas antes de 1998 a bienes inmuebles dedicados a culto. Nos preguntamos ¿quién es una dirección general para interpretar una ley, normativa o reglamento en el ordenamiento constitucional? Para eso está el Tribunal Constitucional y no la DGR, aunque coincidimos con la registradora en que nunca esta problemática se ha llevado ante el órgano competente jurisdiccional.

5.- Obvia por completo doña Isabel los miles de bienes inmatriculados de raíz privada (garajes, pisos, solares, pastos, montes, viñedos, regadíos y un muy largo etc.) que accedieron al Registro por autocertificación y sin aportar ningún título de dominio o de propiedad, de manera opaca y sin publicidad para poder ejercer el ‘iuris tantum’ (derecho a prueba en contra), provocando una vez transcurrido los plazos preceptivos el derecho a la propiedad por usucapión (30 años de dominio ininterrumpido y pacífico). Una vez más, y dicho con el debido respeto, se trata de un privilegio inadmisible que atenta de manera frontal contra el artículo 14 (Igualdad jurídica) de la vigente Constitución española y de una falta de catadura moral notoria y evidente.

6 – Por lo tanto, desde MHUEL opinamos que la Iglesia no lo hizo tan bien y que bastantes registradores de la Propiedad fueron muy permisivos y conniventes a la hora de admitir autocertificaciones insólitas negadas para el resto de las personas físicas y entidades jurídicas privadas, interpretando la constitucionalidad cuando no es materia de su competencia.

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La Iglesia inmatriculó otro monumento prerrománico asturiano en 1981 cuando estaba prohibido registrar templos

San Julián de los Prados, Monumento Nacional en 1917 y Patrimonio Mundial por la Unesco desde 1998, fue construida por Alfonso II en el siglo IX e inscrita por la jerarquía eclesiástica a su nombre en uso del polémico artículo 206 sin aportar ningún título de propiedad. En 1981, cuando estaba expresamente prohibido por la ley registrar lugares de culto.

Ábside de San Julián de los Prados, Oviedo

Aristóteles Moreno – Público – 20 de marzo de 2020

La Iglesia se apropió de la catedral de Zaragoza mientras recibía 15 millones de dinero público para su conservación

  • Entre 1984 y 2002, las administraciones invirtieron 15 millones de euros en la catedral de La Seo. En 1987, la Iglesia anotó el templo a su nombre
  • De la iglesia de la Magdalena se apropió el mismo año y, posteriormente, entre 1991 y 2009, recibieron casi 6 millones de euros
  • Movimiento Hacia un Estado Laico (Mhuel) calcula que la Iglesia gana alrededor de 1 millón de euros anuales por cobrar entrada para acceder a la catedral
  • El Gobierno de Zaragoza aprobará próximamente acudir a los tribunales para recuperar la titularidad pública de La Seo y de la Magdalena
La Iglesia se apropió de La Seo en 1988.

Óscar F. Civieta, eldiario.es – Zaragoza | 23 de marzo de 2017

En 1987, el arzobispo Elías Yanes anotó a nombre de la Iglesia Católica la propiedad de la catedral de Zaragoza, La Seo. Lo que no impidió que, antes y después, la Iglesia recibiera ingentes cantidades de dinero público para su conservación. En concreto, según el informe realizado a partir de datos oficiales por Movimiento Hacia un Estado Laico (Mhuel), alrededor de 15 millones de euros entre 1984 y 2002, de los que más de 12 provinieron del Gobierno de Aragón.