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De lo común a lo privado: el mayor saqueo silencioso de la democracia española

Hubo un tiempo en que el refrán popular decía «calumnia, que algo queda». Hoy, en España, podríamos actualizarlo con una expresión más ajustada a nuestra realidad patrimonial: «inmatricula, que algo queda». Porque eso es precisamente lo que ha ocurrido durante décadas: miles de bienes que pertenecían al común, construidos y mantenidos por generaciones de vecinos y vecinas, fueron inscritos a nombre de la Iglesia católica gracias a un privilegio legal fascista, heredado de la dictadura franquista y ampliado por el régimen de Aznar, sin necesidad de que la jerarquía católica acreditara la propiedad mediante títulos de dominio como se exige a cualquier otra persona o entidad.

Procesión en Tarragona | Europa Press

Enrique Javier Díez Gutiérrez, Catedrático de la Universidad de León. Miembro del Grupo Pensamiento Laico, Público | 29 junio 2026

La cuestión de las inmatriculaciones es una cuestión radicalmente democrática. Habla de quién puede apropiarse de lo que es de todos, de qué privilegios sobreviven en un Estado que se define como aconfesional y de cómo la desigualdad jurídica puede convertirse en una gigantesca transferencia de patrimonio colectivo hacia una institución privada.

Un privilegio impropio de una democracia

La historia es conocida, pero conviene recordarla. La Ley Hipotecaria franquista de 1946 otorgó a la Iglesia católica una prerrogativa extraordinaria: la posibilidad de registrar bienes inmuebles mediante una simple certificación eclesiástica. Los obispos actuaban, de hecho, como fedatarios públicos. Bastaba con que certificaran que un determinado inmueble pertenecía a la Iglesia para que pudiera ser inscrito en el Registro de la Propiedad.

Lo que ya era un privilegio difícilmente compatible con los principios de igualdad jurídica se amplió todavía más en 1998, cuando el gobierno de José María Aznar eliminó la prohibición existente para registrar los lugares de culto. A partir de ese momento, catedrales, iglesias, ermitas, plazas, huertos, casas parroquiales, cementerios y multitud de bienes históricos pasaron a ser susceptibles de inscripción registral mediante ese procedimiento excepcional.

No fue hasta 2015 cuando se derogó finalmente esta posibilidad. Pero para entonces el daño ya estaba hecho. Durante décadas, y especialmente entre 1998 y 2015, la Iglesia había registrado decenas de miles de bienes aprovechando una normativa hecha exprofeso en una dictadura y ampliada bajo un gobierno del Partido Popular con una ley de Aznar.

Del patrimonio común al patrimonio privado

La dimensión del fenómeno resulta difícil de exagerar. El listado oficial publicado por el Gobierno reconoció cerca de 35.000 bienes inmatriculados entre 1998 y 2015. Sin embargo, numerosos estudios y organizaciones sociales sostienen que la cifra real podría ser mucho mayor si se incluyen las inscripciones realizadas desde 1946.

Detrás de cada número hay una historia concreta. Una ermita construida colectivamente por un pueblo. Una plaza utilizada desde siempre como espacio público. Un edificio histórico mantenido con fondos municipales. Un templo cuya conservación ha dependido durante siglos del esfuerzo de la comunidad.

La Iglesia incluso admite oficialmente que inmatriculó indebidamente fincas (rústicas y urbanas), pero también lugares de culto, viviendas y cementerios. Reconociendo que, pese a estar registrados a su nombre, pertenecen a otro titular y que de los bienes que inmatriculó sin corresponderle una parte están ahora en manos de terceros porque los ha vendido o cedido.

La cuestión central no es religiosa. Nadie discute el derecho de las comunidades creyentes a utilizar sus espacios de culto. El problema surge cuando bienes que forman parte del patrimonio histórico, cultural o comunal son transformados en propiedad privada mediante un procedimiento privilegiado y sin contraste probatorio suficiente.

Porque registrar no equivale necesariamente a ser propietario. La inscripción registral genera una presunción de propiedad, pero no sustituye la historia del origen, la financiación, la construcción y el uso histórico de esos bienes.

Una anomalía europea

Pocas veces se subraya suficientemente que el sistema español constituyó una excepción difícilmente imaginable en las democracias de nuestro entorno. En ningún país europeo una autoridad religiosa disponía de un privilegio semejante para certificar por sí misma la propiedad de bienes inmuebles y acceder al registro en condiciones de privilegio.

La existencia de este mecanismo revela hasta qué punto la transición democrática dejó intactos los privilegios heredados del nacionalcatolicismo, como el actual pacto con el Vaticano que obliga a mantener la religión católica en las escuelas. Mientras se proclamaba la separación entre Iglesia y Estado, la monarquía y las fuerzas de la dictadura fascista, que pasaron de un día a otro a ser «demócratas», se aseguraron de que subsistieran mecanismos jurídicos que situaban a una confesión religiosa en una posición de ventaja respecto al conjunto de la ciudadanía.

Por eso el debate sobre las inmatriculaciones trasciende la cuestión patrimonial. Afecta directamente al principio de igualdad ante la ley y a la propia calidad democrática del Estado.

La insuficiente respuesta institucional

La publicación del listado de bienes inmatriculados fue presentada como un avance importante. Sin duda lo fue. Durante años, movimientos ciudadanos, plataformas patrimonialistas y organizaciones como Europa Laica reclamaron transparencia sobre un proceso desarrollado con escaso control público.

Sin embargo, conocer el alcance del problema no equivale a resolverlo.

Las medidas adoptadas hasta ahora han resultado claramente insuficientes. Se ha trasladado a ayuntamientos, entidades locales y particulares la carga de impugnar judicialmente aquellas inscripciones que consideren indebidas. Es decir, quienes nunca disfrutaron de privilegio alguno deben asumir ahora largos procedimientos administrativos y judiciales para cuestionar registros obtenidos mediante una legislación excepcional.

La paradoja es evidente: la institución beneficiada por el privilegio conserva los bienes inscritos, mientras corresponde a los demás demostrar que esas inscripciones fueron improcedentes.

Recuperar lo común

La cuestión de fondo es que cuando un privilegio legal ha permitido la apropiación masiva de bienes cuya titularidad resulta discutible, corresponde a los poderes públicos arbitrar mecanismos extraordinarios de revisión.

No se trata de atacar creencias religiosas ni de cuestionar la libertad de culto. Se trata de defender principios básicos de justicia democrática. Los bienes comunales deben seguir siendo comunales. El patrimonio histórico pertenece a la sociedad que lo ha creado, conservado y financiado. Los espacios públicos no pueden convertirse en propiedades privadas mediante procedimientos excepcionales.

La defensa de lo común constituye una tarea imprescindible en una época marcada por múltiples procesos de privatización. Igual que se privatizan servicios públicos, recursos naturales o infraestructuras estratégicas, también se ha producido una silenciosa apropiación de patrimonio colectivo bajo cobertura legal.

Por eso la reivindicación sigue plenamente vigente. Es necesario elaborar un inventario completo, revisar las inscripciones realizadas al amparo de privilegios inconstitucionales, facilitar la recuperación de los bienes indebidamente registrados y garantizar que nunca vuelva a existir una situación semejante.

Porque las inmatriculaciones no son una cuestión del pasado. Son una advertencia para el presente. Nos recuerdan que los privilegios, cuando se normalizan, terminan convirtiéndose en «derechos adquiridos». Y que recuperar lo que pertenece a todos y todas suele ser mucho más difícil que apropiárselo.

De ahí que el viejo refrán actualizado conserve toda su fuerza crítica: inmatricula que algo queda. La pregunta que una democracia madura debe plantearse es otra: ¿cuánto de ese «algo» estamos dispuestos a seguir aceptando que quede?


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Publicado en España