Menú Cerrar

Así se quedó la Iglesia con la Catedral del Mar sufragada por los vecinos de Barcelona

«Estamos ante un fraude sin escrúpulo», denuncia la Plataforma Recuperant, que accede por primera vez a la nota registral de la inmatriculación de uno de los grandes símbolos del legado cultural comunitario.

Basílica de Santa Maria del Mar, en Barcelona.Wikipedia

Aristóteles Moreno Villafaina, Público / 06 marzo 2025

La historia de la Catedral del Mar está íntimamente ligada a los bastaixos. Aquellos fornidos estibadores del puerto de Barcelona que arrastraron, una a una, cientos de moles de piedra desde la cantera de Montjuic hasta el pie de la que sería Basílica de Nuestra Señora del Mar. La sacrificada estampa de los bastaixos cargando enormes rocas sobre sus espaldas fue inmortalizada por el novelista Ildefonso Falcones en su obra homónima y la réplica televisiva para Antena 3.

La Catedral del Mar fue una colosal obra comunitaria construida entre 1329 y 1383, como atestiguan las fuentes históricas, particularmente las lápidas del portal de las Moreras. Los bastaixos, antiguos esclavos recién liberados, entregaron gratuitamente su trabajo, tal como figura en el contrato suscrito con los arquitectos Ramón Despuig y Berenguer de Montagut. No fueron los únicos que participaron en su financiación. El grandioso templo del gótico catalán fue pagado íntegramente por los vecinos del barrio de la Ribera, que recaudaron fondos suficientes y colaboraron materialmente en su edificación. Así lo certifica el contrato, que adjudica la propiedad a los feligreses del puerto y la Ribera, antiguo centro económico de Barcelona.

La Basílica de Nuestra Señora del Mar se levantó en paralelo a la gran Catedral del Barrio Gótico. Mientras que aquella fue concebida como un proyecto netamente popular, sufragado y construido con las manos del pueblo, la Catedral del Barrio Gótico fue una obra impulsada por el rey, la nobleza y el alto clero. La historia dice que los vecinos de la Ribera pusieron hasta su último aliento para superar en belleza al templo de las élites.

Lo que no esperaban es que 683 años después el monumental edificio que levantaron con sus propias manos iba a terminar inmatriculado por la jerarquía católica en virtud de un subterfugio jurídico que ha permitido a los obispos registrar decenas de miles de bienes por toda España. La Catedral del Mar fue inscrita por la Iglesia a su nombre en 2012 y figura en el listado publicado por el Gobierno de Sánchez en 2021. Y ahora la organización patrimonialista Recuperant ha logrado, por fin, la nota registral que certifica su inmatriculación.

No ha sido fácil conseguir el documento. Los registradores, por razones no aclaradas, se han resistido a facilitar la nota simple de la Catedral del Mar a miembros de Recuperant, que han tenido que recurrir a una segunda asociación civil para que tramitara con éxito la petición.

«Urbana. Terreny de forma irregular, Situat al municipi de Barcelona, Plaça de Santa Maria número u, de superficie dos mil set-cents cinquanta-quatre metres quadrats, sobre el que hi ha edificat la Basílica de Santa Maria del Mar, de superficie total construïda dos mil set-cents cinquanta-quatre metres quadrats, distribuïts en una única planta», reza en catalán la inscripción registral. La nota indica que la finca fue adquirida por «inmatriculación en virtud de certificación librada en Barcelona el 6 junio de 2012». El documento también revela que la inmatriculación eclesiástica fue notificada a la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Barcelona, un hecho nada frecuente en las más de 100.000 inscripciones practicadas por los obispos en toda España.

Basílica de Santa Maria del Mar, en Barcelona.Wikipedia

La Plataforma Recuperant, que trabaja con otra treintena de colectivos del resto del país, llevaba años intentando conseguir la nota registral de la Catedral del Mar, un monumento emblemático para el movimiento patrimonialista por simbolizar con indiscutible claridad su financiación comunitaria. «Nosotros refutamos uno de los argumentos dados por la Iglesia para justificar este tipo de inmatriculaciones. Es la definición de ‘pueblo cristiano’ como responsable de su construcción oponiéndolo a ‘sociedad civil'», argumenta Dino Di Nella, jurista y miembro de Recuperant.

Para la jerarquía católica, la sociedad civil está representada por el Ayuntamiento, mientras que el «pueblo cristiano» se encuentra encarnado en la Iglesia, que sería la «justa heredera» de su histórica contribución económica y comunitaria en la construcción de templos y edificios religiosos, como es el caso de la Catedral del Mar. «Ese es el razonamiento habitual de la Iglesia para inmatricular a su nombre miles de bienes», asegura Di Nella. «Para nosotros, en cambio, si un bien inmueble refleja la historia de un pueblo y no hay ningún título de propiedad privada, entonces es de dominio público».

Y la Catedral del Mar, a juicio de Recuperant, es fuera de toda duda un bien de dominio público. Mucho más cuando hay pruebas documentales históricas que acreditan que la jerarquía católica no intervino en modo alguno en su construcción ni en su financiación. Bien al contrario, todos los indicios atestiguan que la Iglesia sí participó junto a la monarquía y la nobleza en la construcción de la Catedral del Barrio Gótico. Y, sin embargo, hoy los dos edificios monumentales figuran a su nombre gracias a las polémicas inmatriculaciones episcopales.

Son los ayuntamientos, a juicio de Di Nella, quienes representan a todos los ciudadanos, cristianos o no. «Estamos ante un fraude sin escrúpulo. Una apropiación del sentido material y simbólico. La Iglesia no es la heredera del pueblo cristiano. Aquí el pueblo cristiano no ha decidido nada. Esa es otra ficción jurídica», argumenta. Bajo su prisma, por consiguiente, el Ayuntamiento de Barcelona no solo «puede» sino que «debe» intervenir para proteger el «patrimonio público».

El jurista miembro de Recuperant observa, además, algunas anomalías relevantes de la nota registral. «En el documento hay una trampa», advierte Dino Di Nella. «Una certificación no es un título de propiedad. Se hace justamente cuando no hay título y se intenta acreditar una posesión pacífica en el tiempo». El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 abría una vía especial de inmatriculación para aquellos bienes que carecían de título escrito de dominio.

Interior de la Basílica de Santa Maria del Mar, en Barcelona.Wikipedia

Y para ello permitía acceder al registro de la propiedad a los funcionarios y los obispos, que entonces eran considerados autoridad pública. Utilizar el artículo 206 para inscribir un edificio presuponía de partida la ausencia de título de propiedad. Este privilegio registral de los purpurados, en igualdad de trato que un funcionario público, es considerado flagrantemente inconstitucional por numerosos juristas y las asociaciones patrimonialistas.

Otra cuestión llamativa de la nota registral, en opinión de Di Nella, es que no aparece la autoridad que emite la certificación. «No se pone. Queda vacío. Y comúnmente son los obispos de la Diócesis los responsables de emitir este tipo de certificaciones eclesiásticas», aclara. También hace notar el activista de Recuperant que la inscripción de la Catedral del Mar fue comunicada a las autoridades autonómicas y municipales. «Nunca se hace esto», alerta. Y lo que a su juicio es más grave: ni el Ayuntamiento de Barcelona ni la Generalitat han actuado para defender el interés público. «Hay una clara omisión de responsabilidades», protesta.

En este caso, la inscripción registral pone el edificio a nombre de la Parroquia de Santa María del Mar y no del Arzobispado de Barcelona, como suele ser habitual. «Esa es una de las trampas», subraya el activista. «La estrategia jurídica de la Iglesia ha sido siempre confundir». La confesión católica en España dispone de más de 40.000 personas de derecho público, recuerda Di Nella citando datos de la Conferencia Episcopal Española. «Eso incluye a todas las parroquias y las diócesis. Cada una tiene su propio CIF. Ahora bien: ¿quién puede certificar? Solo los diocesanos. Es, por tanto, un sinsentido que a una persona jurídica autónoma, como la parroquia, le diga una autoridad externa, como el obispo, que tiene un bien que es suyo».

Las organizaciones patrimonialistas ponen también el dedo en la llaga de los registradores de la propiedad. «No han hecho el control de legalidad que debían», señala Di Nella, al permitir la inscripción de bienes de dominio público y además aceptando autocertificaciones episcopales claramente inconstitucionales tras la Carta Magna de 1978 que liquidó el régimen confesional de Franco.

Relacionado con este tema:

Aristóteles Moreno Villafaina

Escribe en Público desde 2018 y reside en Córdoba. Ha trabajado para EFE, Cadena Ser, El Mundo, ABC, Cordópolis, Europa Press, El Correo del Golfo o Canal Sur. Escribe sobre ecología, derechos humanos, laicidad, educación, patrimonio histórico y memoria democrática. Puedes leer sus artículos en sus perfiles de redes sociales.

Hola, 👋
Encantados de conocerte.

Registra tu dirección de correo electrónico para recibir quincenalmente, en tu bandeja de entrada, nuestro Boletín con las Novedades de la página de RECUPERANDO

¡No hacemos spam! Lee nuestra política de privacidad para obtener más información.

Publicado en Cataluña