¿Quién creo los bienes de dominio público, históricos y culturales de los pueblos y ciudades de Catalunya? (Iglesias, casas rectorales y cementerios)
A partir de experiencias de lucha de Unió de Pagesos de Catalunya en la recuperación de cuatro bienes inmatriculados por la iglesia a nivel local en dos municipios. Bienes recuperados por la anulación por parte del Obispado de VIC de las inmatriculaciones porque reconoció el error. Y otros bienes que estamos en vías de recuperación.Explicaré desde esta experiencia, la convicción y certeza de quién creó los bienes de dominio público, históricos y culturales de los pueblos y ciudades de Cataluña: (Las Iglesias, casas rectorales y cementerios).
Más allá de la expresión cultural, la Semana Santa tiene una esfera económica que genera millones de euros y otra social que le sirve a la Iglesia Católica para legitimar sus privilegios dentro del Estado español.
Otro año más, el olor a incienso se mezcla con el azahar y otras flores que explotan en primavera. Los adoquines de las ciudades se llenan de cera de colores y hay quien desempolva la mantilla y el traje. Y todo se vuelve bulla, olor, tacto, música, pasión y belleza.
La Semana Santa está tan imbricada en el imaginario de la sociedad andaluza que es raro encontrar una persona que no tenga vinculado el detalle de un olor, un sabor o un sonido durante una procesión en sus recuerdos. Sin embargo, esta expresión popular está vinculada al conservadurismo social y a las políticas de derechas por su carácter religioso.
Sin embargo, desde hace varios años, obras culturales como Dolores Guapa(2021), película de Jesús Pascual, propuestas políticas o colectivos como Agnóstico Cofrade o Proyecto Palio reivindican su derecho a formar parte de esta festividad desde la disidencia LGTBIQ, ideas progresistas e incluso la falta de fe. “Nosotras no vamos a decirles a nuestras abuelas que se equivocan por emocionarse con la virgen. Nosotras vamos a cogerles la mano y a llorar con ellas, sin culpa, ni vergüenza, y prometiendo darle un meneo a todo”, sostienen desde Proyecto Palio.
La Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro/ Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataforma critica la falta de «voluntad» del Arzobispado de Pamplona y Tudela para revertir los «más de 3.000 bienes» que tiene inmatriculados en Navarra. Hace unos días, preguntado por esta cuestión, el arzobispo Florencio Roselló alegó que «si un juez dice que no nos pertenece, lo devolvería porque no quiero nada que no sea nuestro». En respuesta, la presidenta de la plataforma, Cristina Contreras, ha expresado en la SER: «Hombre, faltaría más que no se adhirieran a los tribunales como hacemos todos. Lo que quiere decir es que no hay ninguna voluntad de devolverlos si no es por la vía judicial». Contreras recuerda que la mayoría de estos bienes no están dedicados al culto. En concreto, detalla en un comunicado, la Iglesia tiene registrados a su nombre en Navarra «234 huertos, 216 campos de cereal, 195 campos, 187 viviendas, 181 campos de secano, 101 fincas urbanas, 52 fincas rústicas, 32 jardines, 36 locales, 20 locales comerciales, 17 almacenes y 17 olivares». «De todos esos bienes, muchos se están vendiendo, muchos se dejan abandonados y se pierden». La plataforma está recopilando fotos y datos de los bienes -incluyendo iglesias y ermitas- que «se encuentran en un evidente estado de abandono en Navarra» para demostrar que la Iglesia no está cumpliendo con la «obligación de custodiar y mantener los bienes que le han sido confiados».
Contreras ha destacado lo sucedido en el Valle de Arce. En el año 2002, cuando ya se conocía el proyecto para crear el Embalse de Itoiz, la Iglesia inmatriculó a su nombre propiedades en la zona. Cuando el Gobierno de Navarra inundó el lugar, la diócesis recibió, asegura, una indemnización de 1.6 millones de euros.
Para la plataforma, el problema es que «no ha existido ni existe una voluntad política de revertir las inmatriculaciones realizadas a partir de un artículo de la Ley Hipotecaria que debió ser declarado anticonstitucional cuando se promulgó la Constitución de 1978». Por ello, reivindican una «solución política», un «cambio legislativo» que anule estas inmatriculaciones. Es un «fraude que ha despojado a los pueblos de sus bienes públicos, que ha pasado a ser privados», sostienen desde la plataforma.
La nulidad insubsanable y de pleno derecho de las denominadas “certificaciones eclesiásticas” como documentos válidos para promover asientos registrales de propiedad privada
Uno de los mayores escándalos jurídicos de los últimos años ha sido la comprobación de que la Iglesia Católica utilizó el sistema de las denominadas certificaciones eclesiásticas no sólo para apropiarse de bienes sin culto, sino también de bienes de culto.
Los bienes sin culto son aquellos que, a pesar de haber sido tradicionalmente asociados a la Iglesia, no están destinados a usos litúrgicos ni religiosos. Muchos de estos inmuebles han sido gestionados por la comunidad o por las administraciones públicas, pero han sido registrados por la Iglesia sin acreditar su propiedad con documentos válidos.
Los bienes de culto son aquellos espacios o inmuebles destinados históricamente a la práctica religiosa, ya sean iglesias, catedrales, ermitas, conventos o monasterios. Estos bienes, según el derecho histórico y la tradición jurídica, han sido considerados como bienes públicos fuera del comercio (extra commercium), ya que servían no sólo para la liturgia religiosa, sino también como espacios colectivos y culturales de la comunidad.
La nul·litat inesmenable i de ple dret de les denominades “certificacions eclesiàstiques” com a documents vàlids per promoure assentaments registrals de propietat privada.
Un dels majors escàndols jurídics dels darrers anys ha estat la comprovació que l’Església Catòlica va utilitzar el sistema de les denominades certificacions eclesiàstiques no només per apropiar-se de béns sense culte, sinó també de béns de culte.
Els béns sense culte són aquells que, tot i haver estat tradicionalment associats a l’Església, no estan destinats a usos litúrgics ni religiosos. Molts d’aquests immobles han estat gestionats per la comunitat o per les administracions públiques, però han estat registrats per l’Església sense acreditar-ne la propietat amb documents vàlids.
Els béns de culte són aquells espais o immobles destinats històricament a la pràctica religiosa, ja siguin esglésies, catedrals, ermites, convents o monestirs. Aquests béns, segons el dret històric i la tradició jurídica, han estat considerats béns públics fora del comerç (extra commercium), ja que servien no només per a la litúrgia religiosa, sinó també com a espais col·lectius i culturals de la comunitat.
Durante décadas, la Iglesia Católica se hizo con la propiedad de miles de bienes públicos mediante «certificaciones» eclesiásticas sin control. Hoy, las diferentes administraciones aún miran hacia otro lado.
Esculturas de Hidari Jingorō en el santuario Toshogu en Nikko (Japón) – Wikipedia
José María Rosell Tous, Grupo Inmatriculaciones Asturias – Coordinadora estatal RECUPERANDO – 01 abril 2025
Pocos ciudadanos lo saben, pero miles de iglesias, cementerios, plazas, caminos, huertas, fuentes, ermitas y terrenos comunales fueron inscritos como propiedad de la Iglesia Católica sin necesidad de probar legalmente su titularidad. Durante bastante más de medio siglo, ha bastado con que el obispo «certificara» que el bien en cuestión pertenecía a la Iglesia. Esta posibilidad, recogida en el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 (vigente hasta 2015), otorgaba a la Iglesia un privilegio excepcional, equiparándola en la práctica a la administración pública.
Florencio Roselló, el arzobispo de Pamplona y obispo de Tudela, afirmó esta mañana en la presentación de la campaña Xtantos, con la que se anima a marcar la x a favor de la Iglesia en la Declaración de la Renta, que la Iglesia devolverá “gustosamente” los bienes e inmuebles inmatriculados si la Justicia determina que no les pertenecen. Y, de hecho, añadió que “pediría perdón si algo no se hizo bien”.
Las plataformas que investigan el registro ilegal de fincas por parte de la Iglesia sospechan que 50.000 bienes inmatriculados podrían ser comunales, situación que obliga a algunos vecinos y ayuntamientos a recomprarlos para seguir utilizándolos
Una sencilla búsqueda en el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia facilitado por el Gobierno permite comprobar que una gran parte de las propiedades inscritas entre 1998 y 2015 tienen una naturaleza distinta a los fines propios de la institución católica. Las plataformas que reclaman la total transparencia de esas operaciones –y su anulación, en casos ilegales– señalan que aproximadamente la mitad podrían ser bienes comunales, una denominación jurídica que abarca una enorme diversidad de espacios: huertos, cementerios, montes o terrenos de pastos, pero también otras áreas de evidente naturaleza pública, como plazas, parques infantiles o frontones. Si su estimación es que los bienes inmatriculados por la iglesia superan ampliamente en España los 100.000, y se calcula que entre el 30 y el 50% de ellos son rústicos, la sospecha de que su uso y disfrute corresponda a los vecinos alcanzaría a 50.000 de esas propiedades registradas.
Las inmatriculaciones de la Iglesia católica vulneran el principio de propiedad común
Durante décadas, la Iglesia católica en España ha podido registrar a su nombre miles de bienes inmuebles sin necesidad de aportar un título válido de propiedad. Este proceso, amparado en el privilegio franquista del artículo 206 de la Ley Hipotecaria y su reglamento, permitió que los obispos declararan como suyo lo que, en realidad, nunca le perteneció.
A esta operación se le ha dado un nombre técnico incorrecto: inmatriculación con «certificación» eclesiástica, dado que no se trata más que de una declaración hecha por un particular. Pero ha sido suficiente para que se produzca una privatización encubierta del patrimonio común, en total opacidad y sin participación ciudadana.
El parlamentario Álvaro Sanz (IU) interviene en el parlamento de Aragón para explicar la grave problemática de la «okupación» de viviendas en España. Marzo 2005.