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Celebrado en primera instancia el juicio por la propiedad del cenobio de Santa Comba de Naves inmatriculado en 2015 y vendido por 75.000 euros

El Obispado de Ourense inscribió la finca donde está el cenobio del siglo IX antes de venderla en 2015 por 75.000 euros a un banquero, pero una familia esgrime una escritura de propiedad de 1906. El comprador, un inversor privado, asegura que la demandante “no tiene ningún título de propiedad”

Interior del cenobio de Santa Comba de Naves, en estado ruinoso, en el concello de Ourense (MARTIÑO PINAL)

La venta a finales de 2015 de un terreno de 9.550 metros cuadrados en Palmés (Ourense), con un conjunto medieval sumido en ruinas: restos de una rectoral, una capilla y un palomar por parte del Obispado a un foráneo con raíces en Ourense y que puso el ojo inversor en la provincia, centró el juicio celebrado en Instancia 1 para dilucidar, en último término, la propiedad.

Fuente: asturiaslaica.com – 18 noviembre 2022

El cenobio benedictino, con aspecto de fortaleza, es patrimonio en el olvido. Catalogado por la Xunta, desde 2011 aparece en la Lista Roja del patrimonio en peligro , que elabora la asociación Hispania Nostra. En abril de 2015, el Obispado de Ourense inmatriculó la finca a su nombre –la Iglesia inscribió un millar de bienes entre 2014 y 2015– para proceder a su venta.

La demandante, Rosa Figueiras Crespo, se presenta como la legítima heredera del monasterio de Santa Comba de Naves (siglo IX) ya que pertenecía a su abuelo desde 1906. Los vecinos de la parroquia del extrarradio la apoyan. Aportó un documento manuscrito en el que se acredita -sostiene- que su antepasado se hizo con la propiedad en una subasta pública de bienes desamortizados por 9.200 reales de la época. La demandante sostiene que está acreditado que es la misma finca en la que se asienta el monasterio y que en el 2015 se vendió de nuevo por parte de la iglesia «con mala fe».

Su letrado aseguró en la vista que “hubo mala fe por parte de la Iglesia” a la hora de vender en 2015 el cenobio y la finca por un total de 75.000 euros. “Mi clienta cree que es su obligación defender una propiedad por la que sus abuelos y padres lucharon”, aseveró al final de su intervención, pese a que el juez le cortó por exceder los ocho minutos dados para las conclusiones finales.

La demanda va dirigida contra el comprador, Román Blanco Reinosa, un CEO del banco Santander que, según dijo ayer, adquirió la finca -no fue la única- pero como “inversión personal”. Su abogado insiste en que se desestime la demanda “porque la otra parte no aporta ningún título de propiedad válido”, por lo que, según dijo, “no acredita la posesión”.

El demandado, en cambio, aparta al Obispado de Ourense del litigio y rebate la validez de ese título de propiedad y la legitimación de la demandante, pues no presentó documentación sobre la herencia. Su abogado sostuvo que su cliente actuó como tercero de buena fe, pues no constaba el documento de otra venta anterior y desconocía que hubiese litigio alguno sobre esta propiedad desde el 2015 hasta el 2021,cuando se presentó la demanda.

En la vista, salió a colación la contestación(1) del exdelegado de Patrimonio de la Diócesis de Ourense, Miguel Ángel González, al Concello cuando requirió a la Iglesia en abril de 2015 para limpiar de maleza el entorno y contestó que la casa rectoral de Palmés no les pertenecía. Indicó el exdelegado diocesano que había realizado una certificación para este departamento ante un requerimiento del Concello de Ourense para que limpiaran y conservaran la construcción. Afirmó ante el juez que en ese informe anotó que la iglesia no era propietaria porque al hacer la búsqueda en el archivo diocesano con el nombre del monasterio no le dio ningún resultado. Supuso, porque era algo habitual, que tras la desamortización de 1835 el cenobio, ya sin culto, se había subastado y alguien lo había comprado. A González, según explicó, en ese momento le faltaba documentación -archivos de la curia- de “un lío” del que trató de desvincularse, dejando claro que “la historia siempre es provisional”. Aseguró que no intervino en la venta cuestionada y que desconocía quién había negociado con el ejecutivo interesado en adquirirla. La firma de la escritura de compraventa fue con el vicario episcopal para el patrimonio y sostenimiento de la iglesia, encargado de asuntos económicos de la diócesis en el 2015.

La representación de la demandante sostiene que los responsables de la diócesis sabían que lo que vendieron en el 2015 no era suyo y que ya lo habían traspasado por primera vez en 1906. El abogado de la demandante sostuvo que la iglesia utilizó el privilegio que le concedió una modificación de la ley hipotecaria en ese momento para inmatricular el bien, valiéndose de un simple certificado expedido por el obispo, sin aportar documentación de la propiedad y alegando que se tenía la posesión desde tiempo inmemorial. Para el letrado de la demandante, José Carlos González, esto fue un abuso y una utilización espuria por parte de la diócesis.

Declaró por videoconferencia el comprador, quien aseguró que la operación con el Obispado, que se fraguó en Madrid, no ofrecía dudas: “Yo solo vi una finca inmatriculada, que estaba registrada, no tenía cargas o gravámenes y de buena fe la compré”. La parte demandante sostiene que sí conocía las circunstancias previas a la operación, pues se trata de un profesional cualificado y asesorado.

Al ecónomo de la diócesis, Daniel Argiz, que intervino en la negociación, no le consta la venta como tal del cenobio en 1906. El ecónomo señaló que la finca se había registrado a nombre de la Iglesia en abril del 2015 y que desconocía entonces la existencia del documento de venta de 1906. Señaló que el párroco le habló de unas piedras vendidas a los antepasados de Rosa hace muchos años; “El párroco, a quien consulté cuando el posible comprador se interesó por la finca, solo me habló de la venta de unas piedras hacía muchos años, una práctica extendida en esa época para reutilizarlas en otras construcciones”, explicó en la sala de vistas. Se entrevistó con el nieto de ella, que le llevó la antigua escritura, y consultó con un notario y un abogado, que le dijeron que ese papel no tenía validez. Reconoció que le ofreció a la familia tres mil euros por la compra de «las piedras», algo que para la demandante prueba que se les estaba reconociendo como propietarios. La inmatriculación de cientos de bienes -iglesias, casas rectorales y fincas- se realizó en el 2015 alegando la iglesia católica esa posesión por tiempo inmemorial, aunque no constase documentalmente.

El encargado de los asuntos económicos de la diócesis en el 2015 añadió que su firma de que el monasterio no constaba en el inventario del obispado se basó en el informe previo realizado por el entonces delegado de Patrimonio y que no se hicieron otras comprobaciones ni en el catastro ni en el registro. Afirmó que fue un error no haber comprobado en esos otros archivos que se trataba de la misma finca en la que había esas ruinas, pues en la base de datos del obispado no aparecía con el nombre de Santa Comba de Naves.

Ese término lo aclaró una perito, quien tras visitar la parcela y comprobar el título de propiedad y el catastro, concluyó que la finca vendida a los familiares de Rosa y a Román es la misma.

Entre los testigos que desfilaron por la sala también estuvo un portavoz de la Asociación de Vecinos de Palmés. “Fue una venta fraudulenta porque la Iglesia no era la titular; y no realizó cultos en aquella capilla…”, sostuvo.

El presidente de la asociación de vecinos de Palmés, Eladio Fernández, afirmó que conocía a las dos partes del litigio.El colectivo había reclamado al Concello de Ourense que comprase esa propiedad a quien fuese el titular. Contó que supo en 1992 que había una familia que tenía ese título de propiedad porque ese año hubo una polémica al intentar vender el párroco el monasterio de Naves. También que el comprador acudió a Palmés en el 2016 a una reunión con los vecinos para explicar sus motivos para la compra. El ecónomo, que también estuvo en esa reunión vecinal, apuntó que había sido tensa y que por parte de la diócesis el argumento para venderla es que no se podían hacer cargo del mantenimiento de la propiedad. El banquero señaló que, además de invertir, tenía interés en recuperar el patrimonio histórico de Ourense.

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Publicado en Galicia